Modelo 105. Sol. baja Padrón Mpal. Habitantes (extranjeros traslado a otro país)
Ficha Informativa
1. CASOS DE MODIFICACIONES DEL PADRÓN QUE SÍ PRECISAN DE SOLICITUD EXPRESA DE BAJA POR EL INTERESADO:
- Cambio de residencia de extranjeros por traslado a otro país, que se deberá tramitar a través de la presentación de este impreso, junto con su documentación necesaria.
2. CASOS DE MODIFICACIONES DEL PADRÓN QUE NO PRECISAN DE SOLICITUD EXPRESA DE BAJA POR EL INTERESADO:
- Cambio de residencia a otro término municipal: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en el municipio al que se traslade la residencia, ya que será el Ayuntamiento que tramite el alta el encargado de notificar la misma a través del Instituto Nacional de Estadística (INE).
- Cambio de residencia de español por traslado al extranjero: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en la Oficina o Sección Consultar del país al que se traslada la residencia, ya que será dicha Oficina o Sección Consular la que remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al INE las comunicaciones de alta de los españoles que trasladan su residencia al extranjero, para que éste las traslade a los municipios de procedencia a efectos de la correspondiente baja.
- Cambio de residencia de extranjeros por traslado a otro país, que se deberá tramitar a través de la presentación de este impreso, junto con su documentación necesaria.
2. CASOS DE MODIFICACIONES DEL PADRÓN QUE NO PRECISAN DE SOLICITUD EXPRESA DE BAJA POR EL INTERESADO:
- Cambio de residencia a otro término municipal: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en el municipio al que se traslade la residencia, ya que será el Ayuntamiento que tramite el alta el encargado de notificar la misma a través del Instituto Nacional de Estadística (INE).
- Cambio de residencia de español por traslado al extranjero: no es necesaria la solicitud y expedición de la baja en el Padrón de un municipio para solicitar el alta en la Oficina o Sección Consultar del país al que se traslada la residencia, ya que será dicha Oficina o Sección Consular la que remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al INE las comunicaciones de alta de los españoles que trasladan su residencia al extranjero, para que éste las traslade a los municipios de procedencia a efectos de la correspondiente baja.
Documentación normalizada a presentar
.Solicitud |
.Justificante |
.Documentos de identificación |
Otra documentación a presentar
.Otros documentos aportados |
Normativa
Referencia Ley | Orden / Capítulo | Materia que Regula | Texto Legal |
---|---|---|---|
BOE-A-1985-5392 - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | 1 / | LRBRL | Ver Texto |
BOE-A-2015-10565 - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | 1 / | LPACAP | Ver Texto |
BOE-A-2015-10566 - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público | 1 / | LRJSP | Ver Texto |
BOE-A-2018-16673 - Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales | 1 / | LOPDPGDD | Ver Texto |
BOE-A-1986-21944 - Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. | 1 / | LRBRL | Ver Texto |
Lugares de Atención
Nombre | REGISTRO GENERAL (OAC) |
Dirección | CALLE STUART Nº 79 - PLANTA BAJA |
Horarios de Atención | M, X Y V LAB. DE 9 A 14 H.; L Y J DE 9 A 18:30 H. |
Correos Electrónicos | OAC@ARANJUEZ.ES |
Teléfonos | 900 154 900/918 090 362 |
Nombre | POLICIA LOCAL |
Dirección | CALLE DEL PRINCIPE Nº 40 |
Horarios de Atención | SABADOS LABORABLES DE 9 A 14 HORAS |
Correos Electrónicos | POLICIA@ARANJUEZ.ES |
Teléfonos | 918 090 890/918 090 980 |