ILMO. Ayuntamiento de Aranjuez

Modelo 249. Solicitud de bonif./reducción o no sujeción para la tasa de residuos
Tramitación Electrónica

Ficha Informativa

(1) NO SUJECIÓN POR GESTOR AUTORIZADO:
- Para aquellos sujetos pasivos que acrediten documentalmente la entrega de la totalidad de los residuos a un gestor autorizado y la correcta gestión de los mismos.
- La solicitud deberá ser valorada e informada por el Departamento de Medio Ambiente e informada por los técnicos municipales que determinarán si es aplicable o no la tasa.
- En el supuesto de no presentarse la solicitud en plazo, se considerará que no queda acreditada la aplicacion del supuesto de no sujeción y se devengará la tasa.
- Plazo de presentación de solicitudes: durante el primer trimestre del ejercicio objeto solicitud (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo).
(2) REDUCCIÓN 50% POR INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE COMPOSTAJE DOMÉSTICO O COMUNITARIO:
- 50% reducción de la cuota.
- Sólo para inmuebles de uso residencial.
- Plazo de presentación de solicitudes: durante el primer trimestre del ejercicio objeto solicitud (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo).
(3) REDUCCIÓN 95% PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA:
- 95% de reducción de cuota.
- Estar empadronado en el inmueble y que el conjunto de empadronados no supere: 1 empadronado: IPREM; 2 empadronados: 1,5 veces IPREM; 3 ó más empadronados: 2 veces el IPREM.
- No ser titulares de otros inmuebles en Aranjuez por valor catastral superior a 20.000,00 €.
- En caso de inmueble alquilado quien debe cumplir los requisitos es el/la inquilino/-a.
- Plazo de presentación de solicitudes: durante el primer trimestre del ejercicio objeto solicitud (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo).
(4) BONIFICACIÓN 60% PARA FAMILIAS NUMEROSAS CATEGORÍA ESPECIAL Y 40% PARA FAMILIAS NUMEROSAS CATEGORÍA GENERAL:
- 40% bonificación cuota variable categoría general y 60% bonificación cuota variable categoría especial.
- Todos los miembros de la familia numerosa deberán estar empadronados en la finca objeto de bonificación.
- Si se ha reconocido este beneficio en el IBI en el ejercicio anterior, se aplicará automáticamente a la tasa sin necesidad de presentar nueva solicitud.
- En caso de inmueble alquilado quien debe cumplir los requisitos es el/la inquilino/-a.
- Esta bonificación es incompatible con la reducción por situación de vulnerabilidad económica.
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de abril de 2025. Para periodos sucesivos, la solicitud se presentará antes del inicio del periodo impositivo en que deba surtir efectos (antes del 1 de enero).
(5) BONIFICACIÓN 25% ASOCIADA A LA ELIMINACIÓN DE RESIDUO ALIMENTARIO:
- 25% bonificación de la cuota íntegra.
- Para titulares de actividades de distribución alimentaria y restauración que sean sujetos pasivos de la tasa a título de contribuyente.
- Deberá tener establecidos sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios en colaboración con entidades de economía social carentes de ánimo de lucro.
- Deberá contar con el informe del Departamento de Medio Ambiente.
- Deberá solicitarse anualmente.
- Plazo de presentación de solicitudes: durante el primer trimestre del ejercicio objeto solicitud (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo).

Documentación normalizada a presentar

.Solicitud

Otra documentación a presentar

.Contrato
.Convenio
.Declaración
.Declaración responsable
.Declaración tributaria
.Certificado
.Certificado de empadronamiento
.Factura
.Otros documentos aportados
.Licencia
.Carné
.Recibo
.Documentos de identificación

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
BOE-A-2004-4214 - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales 1 / TRLRHL Ver Texto
BOE-A-2015-10565 - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 1 / LPACAP Ver Texto
BOE-A-2015-10566 - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público 1 / LRJSP Ver Texto
BOE-A-2003-23186 - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria 1 / LGT Ver Texto
OOFFMM - Ordenanzas Fiscales Municipales 1 / OOFFMM Ver Texto
BOE-A-2005-14803 - Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación 1 / RDRGR Ver Texto
OMGRI - Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección 1 / OMGRI Ver Texto

Lugares de Atención

Nombre REGISTRO GENERAL (OAC)
Dirección CALLE STUART Nº 79 - PLANTA BAJA
Horarios de Atención VERANO: LUNES A VIERNES LABORABLES DE 9 A 13:30 H.
Correos Electrónicos OAC@ARANJUEZ.ES
Teléfonos 900 154 900/918 090 362
Nombre POLICIA LOCAL
Dirección CALLE DEL PRINCIPE Nº 40
Horarios de Atención SABADOS LABORABLES DE 9 A 14 HORAS
Correos Electrónicos POLICIA@ARANJUEZ.ES
Teléfonos 918 090 980