ILMO. Ayuntamiento de Aranjuez

Modelo 159. Solicitud de beneficios fiscales sobre tributos municipales
Tramitación Electrónica

Ficha Informativa

1. Las bonificaciones/exenciones se concederán o denegarán por Decreto del Concejal Delegado de Hacienda, de cuya resolución se dará oportuno traslado a los interesados por correo certificado.
2. A los efectos de determinar la fecha de efectos de la exención para vehículos de personas con movilidad reducida (IVTM), dado su carácter de rogado, se entenderá que amparará a todos los ejercicios cuyo devengo sea posterior a la fecha en que se produzca cuando, en el momento de presentarse la misma, no se hubiera emitido, por el Ayuntamiento, la liquidación o recibo del ejercicio corriente o, habiendo sido emitido, no hubiera adquirido firmeza en vía administrativa.
3. La bonificación para vehículos de bajas emisiones (IVTM) corresponderá al 75% de la cuota correspondiente al año de matriculación y al 50% de la cuota en el ejercicio siguiente.
4. Para otras bonificaciones/exenciones se deberá especificar el tributo para el que se solicita la misma, así como el precepto en el que basa la petición. Igualmente, se deberá acompañar a la solicitud copia de toda la documentación que se estime conveniente para justificar el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos.

Documentación normalizada a presentar

.Solicitud

Otra documentación a presentar

.Resolución
.Acuerdo (externo)
.Contrato
.Declaración responsable
.Declaración tributaria
.Certificado
.Certificado de empadronamiento
.Otros documentos aportados
.Escritura
.Ficha
.Licencia
.Permiso de circulación de vehículos
.Recibo
.Documentos de identificación

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
BOE-A-2004-4214 - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales 1 / TRLRHL Ver Texto
BOE-A-2015-10565 - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 1 / LPACAP Ver Texto
BOE-A-2003-23186 - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria 1 / LGT Ver Texto
OOFFMM - Ordenanzas Fiscales Municipales 1 / OOFFMM Ver Texto
BOE-A-2000-1546 - Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad 1 / RDPRDCGD Ver Texto
BOE-A-2005-14803 - Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación 1 / RDRGR Ver Texto
OMGRI - Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección 1 / OMGRI Ver Texto

Lugares de Atención

Nombre REGISTRO GENERAL (OAC)
Dirección CALLE STUART Nº 79 - PLANTA BAJA
Horarios de Atención M, X Y V LAB. DE 9 A 14 H.; L Y J DE 9 A 18:30 H.
Correos Electrónicos OAC@ARANJUEZ.ES
Teléfonos 900 154 900/918 090 362
Nombre POLICIA LOCAL
Dirección CALLE DEL PRINCIPE Nº 40
Horarios de Atención SABADOS LABORABLES DE 9 A 14 HORAS
Correos Electrónicos POLICIA@ARANJUEZ.ES
Teléfonos 918 090 890/918 090 980